Documento original transcrito y enviado por Juan Romero.
Puerto de Cartagena a 6-1-1614 ,
Sepan quantos esta carta de obligación vieren como nos, Pedro El Malo y Catalina Manuel, su mujer vecinos de la villa de Ricote estante al presente en esta ciudad de Cartagena embarcados en el galeón nombrado San estevan, del que es capitán Juan Francisco Dondo Genovés para salir de estos reinos en cumplimiento de los bandos de expulsión, yo la dicha Catalina Manuel in presencia y con licencia del dicho Pedro El Malo, mi marido… pagaremos a Alonso de Miras, escribano de número de esta dicha villa doce ducados…y otras cosas necesarias para el viaje, que recibimos en presencia del presente escribano en moneda de oro e plata… dejamos en la villa de Ricote y su término como son las casas de nuestra morada y olivares, moreras y un huerto de agrura y otros árboles y cinco oras de agua en el repartimiento del agua de la villa y las tierras blancas de riego y secano, para que todo ello esté hipotecado a la paga de esta deuda y no se puedan vender ni enajenar hasta que realmente esté pagada y la venta y enajenación que de otra manera se hiciese a ninguna y de ningún valor y efecto
Vista antigua del Puerto de Cartagena
y damos poder cumplido a las justicias y jueces de Su Magestad de qualesquier partes y lugares que sean de fuero e jurisdicción de las cuales y de cada una de ellas nos sometemos y sojuzgamos y especial y señaladamente al fuero y jurisdicción de esta ciudad de Cartagena donde por la justicia de ella queremos ser convenidos y juzgados y sentenciados e renunciamos a nuestro propio fuero jurisdicción y domicilio e vecindad e la ley sit convennerit de jure unibuzudicun hacemos esta carta ssª definitiva de Juez competente pasada en autoridad de cosas juzgadas renunciamos e a las leyes fueros e derechos de nuestro favor y la general al forma y derechos de ella…estando en el galeón San Esteban junto al puerto de Cartagena a seis días del mes de enero de mil seiscientos catorce años, testigo Juan Carrillo y Tomas Marín vecinos de la dicha villa de Ricote, que juraron en forma de derecho como ser los otorgantes y ser los contenidos y Juan Pérez Qica y Francisco Fuentes, vecinos de esta ciudad. Lo firmó un testigo por los otrogantes testigos que dijeron saber.
Obligación de pago Pedro el Malo y Catalina Manuel su mujer, vecinos de Ricote, embarcados en el galeón San Esteba.
Testigos: Juan Carrillo y Tomas Marín , vecinos de Ricote
Expulsión de los Moriscos por San Juan de Ribera. 1796. Catedral. Capilla del Santo Cáliz. Valencia. Obra de de Vicente López Portaña